Prestación
por maternidad
Es un subsidio que se reconoce a
los trabajadores durante los periodos de descanso
legalmente establecidos en los supuestos de maternidad,
adopción, acogimiento familiar y tutela, siempre que acrediten los
requisitos exigidos en cada caso.
En la
maternidad biológica el facultativo del Servicio Público de Salud
que atienda a la trabajadora embarazada expedirá un informe de
maternidad con la fecha del parto o de no haberse producido, con la fecha
probable del mismo.
¿Donde se
tramita?
El procedimiento para el
reconocimiento del derecho se iniciara a instancia del interesado
mediante solicitud dirigida a la dirección provincial de
la correspondiente entidad gestora (INSS o ISM)
¿Quién
reconoce y paga la prestación?
La entidad gestora competente
(INSS o ISM)
¿Cuándo
finaliza la prestación?
Transcurridas las semanas de
descanso legalmente establecidas.
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